Posibilidad de solicitar la devolución de cotizaciones indebidas por contingencias profesionales respecto a los Directores, Ingenieros, técnicos.
Posibilidad de solicitar la devolución de cotizaciones indebidas por contingencias profesionales respecto a los Directores, Ingenieros, técnicos.
Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo ( STS 3/06/2019) ha interpretado que se entiende por “trabajo exclusivo de oficina”, de forma que si sus trabajadores realizan su trabajo de forma habitual en la oficina en más de la mitad de la jornada en computo mensual, se consideran que son trabajos exclusivos de oficina, aunque no sean administrativos, y sus funciones sean coincidentes con la actividad de la empresa, pero que se realizan de forma constante, habitual y prioritario en los lugares de la empresa destinados a oficinas, aunque de forma esporádica y ocasional se desplacen fuera de la empresa, y siempre que no se someta al trabajador a los riesgos de la actividad de la empresa.
Ello ocurre con los directores, ingenieros y técnicos, los cuales realizaban su actividad coincidente con la actividad de la empresa y en ocasiones se desplazaban a las obras, interpretando el TS que, si prestaban sus trabajos en los lugares de las oficinas de la empresa, éstos deberán tener una cotización igual a los administrativos que están en las oficinas.
Pues bien, estos trabajadores, podrán cotizar por contingencia profesional por el tipo de la letra a) del cuadro II de la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, “trabajos exclusivos de oficina”, aunque sus funciones sean coincidentes con las de la actividad de la empresa, OJO pero siempre que su actividad se desarrolle en más de la mitad de la jornada mensual en las oficinas de la empresa.
Por lo tanto, con la nueva interpretación, no sólo los administrativos de la empresa cotizan por accidentes de trabajo por el tipo establecido en el cuadro II ( 1,50), también todos los Directores, Ingenieros y Técnicos, que desarrollen sus funciones de forma habitual en las oficinas de la empresa.
Satorre & García, S.L.
Departamento Jurídico